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Bases del concurso “Sorteo Galfer”

1. Organización del Sorteo

La empresa Galfer (en adelante, “el Organizador”), con domicilio social en C/ Ctra. de Montmeló, 50, 08403 Granollers, Barcelona, organiza un Sorteo (combinación aleatoria con fines publicitarios o promocionales regulado en la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del Juego) denominado “Sorteo Galfer” (en adelante, “el Sorteo”) dirigido a sus consumidores, de acuerdo con las siguientes bases:

2. Participantes

Podrán participar en el Sorteo todas las personas físicas mayores de 18 años, residentes en Europa, que hayan participado en la dinámica digital, dentro del periodo de la promoción y que cumplan con las condiciones establecidas en las presentes bases.

Quedan expresamente excluidos de participación en la presente acción los/as empleados/as de las tiendas y distribuidores de componentes de moto o bici distinguidos mediante la marca GALFER, sus proveedores y cualquier familiar de todos ellos, hasta primer grado de parentesco (ya sea por consanguinidad o por afinidad).

3. Ámbito y Duración

El Sorteo se llevará a cabo en Europa y estará vigente según el siguiente detalle:

Participación digital: desde el 25 de marzo de 2025 hasta el 06 de abril de 2025 (ambos inclusive).

El Sorteo se llevará a cabo el día 07 de abril de 2024 y los ganadores serán comunicados en RRSS el mismo día a través de la cuenta de Instagram @Galfermoto y @roccosranch.

4. Mecánica del Sorteo

4.1 Participación digital:

•             Se realizará un post en la cuenta de Instagram @Galfermoto y @roccosranch en donde los usuarios para participar tienen que cumplir los siguientes requisitos:

•             1.- Seguir la cuenta de @Galfermoto o @Galferbike.

•             2.- Darle like al post.

•             3.- Mencionar al amigo/a que te acompañará en los comentarios

5. Selección de Ganador

5.1 Sorteo Digital: Entre todos los participantes que cumplan con las condiciones establecidas en las presentes bases, se realizará un sorteo aleatorio el día 07 de abril de 2024.

5.2.1 Ganador: Se seleccionará dos (1) ganador y 5 reemplazos en caso de que el ganador no cumpla con los requisitos.

1er lugar:

•             Pase de participación en evento exclusivo en instalaciones de Galfer, donde se realizará el lanzamiento de un nuevo producto, con la participación de pilotos de moto 2 y moto3 además de medios de prensa.

•             Visita a fábrica y para conocer el proceso productivo de este lanzamiento.

•             Participación en la cena exclusiva a llevarse a cabo en Roccos ranch, donde tendrá opción a participar en la actividad de Flat track si cumple con los requisitos de la organización.

•             Opción a invitar a 1 persona mayor de edad como acompañante de esta actividad.

Conceptos NO incluidos en el premio:

–              Transportes de/hasta las instalaciones de Galfer donde se llevará a cabo el evento.

–              Seguro de viaje.

–              Tasas locales o impuestos repercutibles por disposición legal a los pasajeros (como por ejemplo los impuestos turísticos municipales).

–              Todo lo que no se indica expresamente que incluye el premio.

7. Comunicación del Ganador

7.1 Sorteo digital

El ganador será notificado redes sociales, específicamente por mensaje directo en Instagram a más tardar el 07 de abril de 2025, donde se le pedirán los datos de contacto para coordinar la entrega de su premio. Se realizarán hasta tres intentos de contacto en un período de 3 días naturales desde la fecha de la primera notificación.

El ganador dispondrá de un plazo de 3 días naturales para responder a la notificación y aceptar el premio, contando desde el primer intento de contacto. Si no se logra contactar con el ganador en el plazo estipulado de 3 días naturales, o si el ganador no acepta el premio en este plazo, se seleccionará un nuevo ganador siguiendo el mismo procedimiento.

8. Entrega de Premio

8.1 El premio será entregado al ganador mediante correo electrónico, donde se proporcionarán todos los detalles y pasos a seguir para hacer uso del premio.

8.2 El/la ganador/a y su/s acompañante/s se hacen responsables de disponer de los documentos de identidad y permisos legalmente exigidos para poder ser transportados y poder entrar en el país de destino cumpliendo los requisitos administrativos y sanitarios exigidos, eximiendo de cualquier responsabilidad a GALFER si no se dispone de ellos. El premio no podrá ser canjeado por ningún otro tipo de compensación, en dinero o en especie.

8.3 Por su carácter gratuito para el/la ganador/a y su/s acompañante/s, no serán de aplicación las compensaciones legalmente previstas en caso de retraso o cancelación de trasportes.

8.4 La renuncia del premio por el/la participante no dará ningún derecho de indemnización o compensación.

8.5 Es responsabilidad del ganador y de su acompañante el de contar con carnet de moto para  poder participar de la actividad flat track en roccos ranch.

9. Uso de imagen

La participación en el presente sorteo llevado a cabo por el organizador implica la aceptación tácita por parte de los participantes de que su imagen, tanto en fotografías como en grabaciones de video realizadas durante el desarrollo del evento, pueda ser utilizada por el organizador con fines publicitarios, promocionales y de difusión, sin que ello genere derecho a compensación económica alguna.

Las imágenes y videos podrán ser difundidos a través de cualquier medio o plataforma, ya sea impresa, digital, audiovisual, redes sociales, páginas web u otros canales de comunicación, tanto a nivel nacional como internacional, y podrán ser utilizados por el organizador durante el tiempo que considere necesario para los fines indicados.

Al participar, los asistentes confirman que esta autorización se otorga de forma libre y voluntaria, sin afectar derechos de terceros, y liberan al organizador de cualquier responsabilidad relacionada con el uso de su imagen conforme a esta cláusula.

10. Protección de Datos Personales

Los datos personales proporcionados por los participantes serán tratados conforme a la normativa de protección de datos vigente. El responsable del tratamiento es Galfer, y los datos serán utilizados exclusivamente para la gestión del Sorteo. GALFER tratará los datos de los participantes para el desarrollo de la combinación aleatoria y para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego. Los datos serán cancelados una vez cumplidas las finalidades que justificaron su tratamiento.

La recogida de sus datos personales y las indicadas comunicaciones de sus datos son necesarias para los fines indicados anteriormente, de manera que una eventual oposición a ello por su parte supondría la imposibilidad de participar en la promoción o de poder disfrutar del premio correspondiente, al constituir el tratamiento de sus datos un requisito contractual y necesario para el cumplimiento de los compromisos que nos vinculan, de conformidad con las Bases Legales.

El plazo de conservación de los datos del/la ganador/a será el necesario para el proceso de validación y disfrute del premio, así como si fuera necesario, atender el plazo de prescripción de cuatro (4) años de las obligaciones legales en materia tributaria.

El Organizador no cederá ningún dato del/la agraciado/a a terceros sin consentimiento previo.

En cualquier momento lo/as usuario/as podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, portabilidad y limitación del tratamiento, recogidos en RGPD (UE) 2016/679 enviando su solicitud a promo@galfer.es

11. Aceptación de las Bases

La participación en el Sorteo implica la aceptación íntegra de las presentes bases, así como la aceptación de las decisiones interpretativas que de las mismas realice el Organizador.

12. Modificación de las Bases

El Organizador se reserva el derecho de modificar las presentes bases, en cualquier momento, en caso de necesidad, notificando debidamente a los participantes a través de su página web o por correo electrónico.

13. Contacto y Consultas

Para cualquier consulta o duda sobre el Sorteo, los participantes pueden contactar con el Organizador a través del correo electrónico promo@galfer.es.

14. Legislación Aplicable y Jurisdicción

El presente Sorteo se rige por la legislación española y cualquier controversia que surja en relación con el mismo se someterá a los Juzgados y Tribunales de Barcelona.

En el caso de que el organizador detecte cualquier anomalía o sospeche que un/a participante está impidiendo el normal desarrollo de la acción promocional, alterando ilegalmente su registro o su participación mediante cualquier procedimiento, técnico o informático para así falsear su participación, podrá de forma unilateral eliminar a ese/a participante. Por tanto, el Organizador se reserva el derecho de eliminar de la participación a cualquier usuario/a que evidencie o del que se sospeche una actuación irregular en el sentido descrito, sin notificación alguna al/la mismo/a.

El Organizador se reserva el derecho de emprender acciones judiciales contra aquellas personas que realicen cualquier acto susceptible de ser considerado manipulación o falsificación de su participación en la promoción, y si detectase o tuviera conocimiento de la voluntad de algún/a usuario/a de comercializar con el premio que se pretenda obtener, podrá limitarle o restringirle su acceso a los mismos en cualquier momento.

15. Régimen Fiscal

La presente promoción se rige por la legislación tributaria española, y en particular, dado que en la misma se ofrecen premios cuya entrega a lo/as participantes está sujeta al azar, le resultan de aplicación las disposiciones de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre el Impuesto de Sociedades, sobre la Renta de los no residentes y sobre el Patrimonio; la Disposición Adicional Primera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y el artículo 48, apartado 6, y apartado 7, nº 5, de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de Regulación del Juego, y sus Disposiciones Transitorias Primera y Tercera.

De conformidad con el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, que aprueba el vigente Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas; los vigentes artículos 36 y 40 del Decreto 3059/1966 de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de Tasas Fiscales, se informa a lo/as participantes en la presente promoción de que los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta de IRPF, siempre que el valor del premio sea superior a 300 euros.

En relación con lo anterior y en cumplimiento de la vigente normativa fiscal, el Organizador practicará el correspondiente ingreso a cuenta sobre el premio entregado y, en su momento, expedirá la oportuna certificación que facilite al/la participante agraciado/a el cumplimiento de sus obligaciones fiscales al tener que incorporar en su declaración de IRPF el rendimiento consistente en el premio recibido, junto con el resto de las rentas que perciba, y de cuya cuota total se podrá deducir como ya ingresada la cantidad que conste en la mencionada certificación de ingreso a cuenta, todo ello según establece la citada Ley 35/2006, de 28 de noviembre. En consecuencia, el Organizador solo asume frente al/la contribuyente agraciado/a su obligación legal de efectuar el ingreso a cuenta, siendo de cuenta del/la contribuyente el cumplimiento de sus respectivas obligaciones tributarias.

A estos efectos, se comunica que el valor de mercado para los premios en especie es igual al valor de adquisición, incrementado en un veinte por ciento (20%), según establece el artículo 105.1 del citado Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). El ganador será informado del valor de adquisición del premio a los efectos de que pueda cumplir con sus obligaciones fiscales.

Asimismo, se informa a lo/as participantes que el/la agraciado/a deberá confirmar para redimir su premio sus datos personales, mostrando su DNI o NIE (número de identificación de extranjeros). Con el fin de que puedan ser efectuados los ingresos a cuenta mencionados en los párrafos precedentes, el/la ganador/a deberá firmar en todo caso un escrito justificativo de la recepción del premio al ser designado/a como tal y entregar a la Promotora el número de su DNI o NIE. En caso contrario, perdería su derecho al disfrute del pack que integra su premio.

La cumplimentación de los datos personales y fiscales del/la agraciado/a necesarios para la entrega del premio tiene carácter legal y es obligatoria, de forma que la ausencia o negativa a justificar cualquiera de dichos datos supondrá la pérdida del derecho al premio obtenido.

Estas bases han sido redactadas el 24 de marzo de 2025 y están disponibles en https://galfer.eu/blog/rules-of-brake-win-contest/ para su consulta pública.